Artículo 3336 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 3336.- Siendo varios los representantes de la misma persona, repartirán entre sí con igualdad lo que debía corresponder a aquélla.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.