Artículo 337 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 337.- Las personas que contraigan matrimonio deben manifestar, al celebrar éste, si optan por el régimen de separación de bienes o por el de sociedad conyugal.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.