Artículo 36 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 36.- La capacidad jurídica es de goce y de ejercicio:
I.- Capacidad de goce es la aptitud para adquirir derechos y contraer obligaciones.
II.- Capacidad de ejercicio es la aptitud para ejercitar derechos y cumplir obligaciones.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.