Artículo 556 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 556.- El reconocimiento hecho por el padre, o por la madre, puede ser contradicho por quien pretenda también ser el padre o madre del reconocido.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.