Artículo 667 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 667.- El padre que ejerce la tutela de su hijo sujeto a interdicción, puede nombrarle tutor testamentario, si la madre falleció o no puede legalmente ejercer la tutela.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.