Artículo 724 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 724.- El tutor está obligado a representar al incapaz, en juicio y fuera de él, en todos los actos civiles, con excepción del matrimonio, reconocimiento de hijos, testamento y demás que sean estrictamente personales.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.