Artículo 1126 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 1126.- El poseedor de un bien corpóreo ejerce sobre éste un poder físico en forma directa y exclusiva para su aprovechamiento total o parcial.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.