Artículo 1360 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 1360.- El hecho de ofrecer al público un objeto en determinado precio obliga al dueño a sostener su ofrecimiento.
Asimismo, queda obligado el que ofrezca públicamente adquirir determinados bienes o derechos en un valor cierto que pueda ser en dinero o en otra especie.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.