Artículo 1429 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 1429.- Puede también constituirse una obligación, haciendo depender, tanto su exigibilidad, como su resolución, de un hecho pasado, pero desconocido de las partes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.