Artículo 1694 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 1694.- Las deudas cuya cuantía esté determinada o pueda determinarse, en el plazo de nueve días, son deudas líquidas.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.