Código Civil estatal

Artículo 1773 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala

Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 1773.- Cuando la enajenación, sea gratuita u onerosa, produzca la insolvencia del deudor, se presume fraudulenta:

I.- Si es hecha por persona contra quien se hubiese pronunciado antes sentencia condenatoria en cualquiera instancia o expedido mandamiento de embargo de bienes;

II.- Si se hacen en favor de las personas que según las disposiciones de este Código se consideran testaferros;

III.- Si se ejecutan dentro del plazo de treinta días anteriores a la declaración del concurso del deudor; y IV.- Si el precio pactado es la mitad o menos del valor o estimación del bien o derecho enajenado.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1773 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala?

Cuando la enajenación, sea gratuita u onerosa, produzca la insolvencia del deudor, se presume fraudulenta: I.- Si es hecha por persona contra quien se hubiese pronunciado antes sentencia condenatoria en cualquiera…

¿Está vigente el artículo 1773?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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