Artículo 1933 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 1933.- Las convenciones que impongan al comprador obligaciones más onerosas que las expresadas en este capítulo serán nulas.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.