Artículo 2160 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 2160.- El secuestro convencional se verifica cuando los litigantes depositan un bien litigioso en poder de un tercero que se obliga a entregarlo, concluido el pleito, al que conforme a la sentencia tenga derecho a él.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.