Código Civil estatal

Artículo 2395 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala

Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 2395.- También puede celebrarse un precontrato, en el cual un tercero se obliga con el deudor, a otorgar una fianza en un tiempo determinado. En este caso, el contrato definitivo de fianza se otorgará con el acreedor; y, si el tercero se negare a otorgar la fianza, tienen acción directa para exigirla, tanto el acreedor como el deudor.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2395 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala?

También puede celebrarse un precontrato, en el cual un tercero se obliga con el deudor, a otorgar una fianza en un tiempo determinado. En este caso, el contrato definitivo de fianza se otorgará con el acreedor; y, si el…

¿Está vigente el artículo 2395?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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