Artículo 2412 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 2412.- Las modalidades que se estipulen directamente respecto a la fianza, no afectan a la obligación principal.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.