Artículo 2441 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 2441.- El que fía al fiador goza de los beneficios de orden y excusión, tanto en contra del fiador como contra del deudor principal.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.