Artículo 262 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 262.- La patria potestad se ejerce sobre los hijos mismos y sobre los bienes de éstos
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.