Artículo 2736 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 2736.- Es caduco el legado de bien que al otorgarse el testamento pertenezca al mismo legatario.
Si el legatario adquiere el bien legado después de otorgado el testamento, se entiende legado su precio.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.