El artículo 1013 del Código de Comercio ha sido derogado, lo que significa que ya no tiene validez legal. La derogación de un artículo implica que se elimina de la ley y, por lo tanto, no se puede aplicar ni invocar en ningún caso.
La fecha de la derogación es el 20 de abril de 1943, lo que indica que este artículo dejó de ser parte del marco legal hace varias décadas. Es importante estar al tanto de las leyes vigentes y de los artículos que han sido derogados para evitar confusiones en su aplicación.
- El artículo 1013 ya no es válido.
- Fue derogado el 20 de abril de 1943.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.