El artículo 1020 del Código de Comercio ha sido derogado, lo que significa que ya no tiene validez legal y no se aplica en la actualidad. La derogación de un artículo implica que las disposiciones que contenía han sido eliminadas del marco legal vigente.
Este tipo de cambios en la ley pueden ocurrir por diversas razones, como la necesidad de actualizar normativas, eliminar disposiciones obsoletas o ajustar el marco legal a nuevas realidades económicas y sociales.
- El artículo 1020 ya no es aplicable.
- Fue derogado el 20 de abril de 1943.
- La derogación implica la eliminación de sus disposiciones del Código de Comercio.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.