Código federal

Artículo 1196 de Código de Comercio

Código de Comercio · Última reforma de referencia: 30-12-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1196.- También está obligado a probar el que niega, cuando al hacerlo desconoce la presunción legal que tiene a su favor el colitigante.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 1196 del Código de Comercio establece que una persona que niega un hecho en un proceso legal tiene la obligación de presentar pruebas que respalden su negación. Esto es especialmente relevante cuando esa persona ignora que existe una presunción legal que favorece a la otra parte involucrada en el litigio.

En términos sencillos, si alguien afirma que algo no es cierto, debe demostrarlo, especialmente si hay una regla legal que asume que lo contrario es verdadero. Esto busca equilibrar las cargas probatorias entre las partes en un juicio.

  • El que niega un hecho debe probar su afirmación.
  • La obligación de probar se aplica si desconoce una presunción legal a favor del otro.
  • Se busca un equilibrio en la presentación de pruebas en el litigio.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1196 de Código de Comercio?

También está obligado a probar el que niega, cuando al hacerlo desconoce la presunción legal que tiene a su favor el colitigante.

¿Está vigente el artículo 1196?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 30-12-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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