El artículo 1492 del Código de Comercio ha sido derogado, lo que significa que ya no está en vigor y no tiene efectos legales. La derogación de un artículo implica que las disposiciones que contenía ya no son aplicables y, por lo tanto, no deben ser consideradas en la interpretación o aplicación de la ley.
Es importante tener en cuenta que la derogación puede ser parte de un proceso más amplio de actualización y modernización de las leyes comerciales, buscando adaptarlas a las necesidades actuales del comercio y la economía.
- El artículo 1492 ya no es válido.
- La derogación implica que no se debe aplicar.
- Forma parte de la actualización del marco legal.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.