El artículo 240 del Código de Comercio ha sido derogado, lo que significa que ya no tiene validez ni efecto legal. La derogación de un artículo implica que las disposiciones que contenía han sido eliminadas del ordenamiento jurídico.
Es importante señalar que la derogación de un artículo puede ser parte de un proceso de actualización o reforma de las leyes, buscando adaptarlas a nuevas realidades o necesidades. En este caso, la derogación se formalizó en el Diario Oficial de la Federación el 30 de mayo de 1933.
- El artículo 240 ya no es aplicable.
- Su derogación se publicó oficialmente en 1933.
- La derogación puede ser parte de reformas legales más amplias.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.