El Artículo 263 del Código de Comercio se encuentra derogado, lo que significa que ya no tiene validez legal. La derogación de un artículo implica que las disposiciones que contenía han sido eliminadas del ordenamiento jurídico y, por lo tanto, no son aplicables.
La fecha de derogación fue el 4 de agosto de 1934, lo que indica que este artículo dejó de ser parte de la legislación hace mucho tiempo. Es importante tener en cuenta que la derogación puede ocurrir por diversas razones, como cambios en la legislación o la necesidad de actualizar normas que ya no son relevantes.
- El artículo está derogado.
- No tiene validez legal actual.
- Derogación efectiva desde el 4 de agosto de 1934.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.