El artículo 686 del Código de Comercio se encuentra derogado, lo que significa que ya no tiene validez legal y no se aplica en la actualidad. Esta derogación se formalizó en dos ocasiones: la primera el 21 de noviembre de 1963 y la segunda el 4 de enero de 1994.
La derogación de un artículo implica que las disposiciones que contenía han sido eliminadas del ordenamiento jurídico, por lo que no se pueden invocar ni utilizar en procesos legales. Es importante estar al tanto de las normas vigentes para evitar confusiones sobre lo que se puede aplicar en el ámbito comercial.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.