El artículo 69 del Código de Comercio ha sido derogado, lo que significa que ya no tiene validez legal. Este artículo fue reformado en 1970, pero posteriormente, en 1992, se decidió eliminarlo por completo del ordenamiento jurídico.
La derogación de un artículo implica que las disposiciones que contenía ya no son aplicables y, por lo tanto, no se pueden invocar en ningún procedimiento legal. Esto puede suceder por diversas razones, como cambios en la legislación o la necesidad de actualizar el marco normativo.
- El artículo 69 fue reformado en 1970.
- Fue derogado en 1992.
- Ya no tiene validez legal.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.