Artículo 880 de Código de Comercio
Código de Comercio · Última reforma de referencia: 30-12-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 880.- (Se deroga).
Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994 TITULO CUARTO De los Riesgos, Daños y Accidentes del Comercio Marítimo (Se deroga).
Título derogado DOF 21-11-1963 CAPITULO I De las Averías (Se deroga).
Capítulo derogado DOF 21-11-1963
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.