El artículo 883 del Código de Comercio ha sido derogado, lo que significa que ya no tiene validez legal. La derogación de un artículo implica que este ha sido eliminado del ordenamiento jurídico y, por lo tanto, no se aplica en la actualidad.
Este artículo fue derogado en dos ocasiones: la primera el 21 de noviembre de 1963 y la segunda el 4 de enero de 1994. La derogación puede ocurrir por diversas razones, como cambios en la legislación o la necesidad de actualizar el marco legal.
- El artículo 883 ya no es parte del Código de Comercio.
- Fue derogado en 1963 y nuevamente en 1994.
- La derogación implica que no se puede aplicar ni invocar en ningún caso.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.