El artículo 959 del Código de Comercio ha sido derogado, lo que significa que ya no tiene validez legal. La derogación de un artículo implica que se elimina de la ley y, por lo tanto, no se aplica ni se puede invocar en ningún procedimiento legal. Este artículo fue derogado oficialmente el 20 de abril de 1943.
- El artículo ya no es parte del marco legal vigente.
- La derogación se formalizó en una fecha específica.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.