El artículo 978 del Código de Comercio ha sido derogado, lo que significa que ya no tiene validez legal y no se aplica en la actualidad. La derogación de un artículo implica que las disposiciones que contenía han sido eliminadas del ordenamiento jurídico.
Este tipo de cambios en la ley pueden ocurrir por diversas razones, como la necesidad de actualizar la normativa o la incorporación de nuevos principios que sustituyan a los anteriores. Es importante estar al tanto de estas modificaciones para entender el marco legal vigente.
- El artículo 978 ya no es parte del Código de Comercio.
- La derogación se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 20 de abril de 1943.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.