Código Civil estatal

Artículo 57 de Código de Familia para el Estado de Yucatán

Código de Familia para el Estado de Yucatán · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 57. Todos los interesados en contraer matrimonio deben acreditar su asistencia a los talleres de orientación prematrimonial implementados por el Registro Civil. Los talleres señalados en el párrafo anterior deben estar orientados a lo siguiente:

I. La explicación de los requisitos para contraer matrimonio;

II. Los efectos del matrimonio, con relación a los cónyuges y, en su caso, con sus hijos o hijas;

III. Los regímenes patrimoniales, patria potestad, patrimonio de la familia, paternidad y maternidad responsable, responsabilidad financiera;

126 CÓDIGO DE FAMILIA PARA EL ESTADO DE YUCATÁN H. Congreso del Estado de Yucatán Última Reforma D. O.12-Junio-2015 Secretaría General del Poder Legislativo Unidad de Servicios Técnico-Legislativos IV. Las formas y efectos de la terminación del matrimonio;

V. El principio de igualdad de derechos y obligaciones que corresponden a los contrayentes, y VI. Lo demás que se considere necesario para fomentar y proteger el matrimonio.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 57 de Código de Familia para el Estado de Yucatán a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 57 de Código de Familia para el Estado de Yucatán?

Todos los interesados en contraer matrimonio deben acreditar su asistencia a los talleres de orientación prematrimonial implementados por el Registro Civil. Los talleres señalados en el párrafo anterior deben estar…

¿Está vigente el artículo 57?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.