Artículo 144 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Todas las personas servidores públicos del Instituto Electoral están sujetos al régimen de responsabilidades de las personas servidoras públicas previsto en la Ley de Responsabilidad Administrativa de la Ciudad de México.
En caso de instaurarse procedimiento por responsabilidad administrativa a algún servidor público del Instituto Electoral, éste será oído en su defensa con anterioridad a la imposición de la sanción que le corresponda y podrá inconformarse ante las instancias y conforme a las vías previstas en la Ley de Responsabilidades y la Ley Procesal
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.