Artículo 18 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Son requisitos para ocupar un cargo de elección popular, además de los señalados por la Constitución Federal, la Ley General y la Constitución Local, los siguientes:
I. Estar inscrito en el Registro Federal de Electores y contar con Credencial para Votar, cuyo domicilio corresponda a la Ciudad de México;
II. No estar inhabilitado para el desempeño del servicio público.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.