Código Electoral estatal

Artículo 218 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima

Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

La Coordinación de Género y Derechos Humanos tendrá las siguientes atribuciones:

I. Proponer el diseño y desarrollo de estrategias para promover la generación de ambientes laborales libres de violencia y discriminación.

II. Proponer la construcción de redes de colaboración y sinergia con diferentes actores clave para su incidencia y participación en los procesos de impartición de justicia.

III. Promover y coadyuvar en la instrumentación de políticas, intercambios académicos.

IV. Verificar la incorporación y transversalidad de la perspectiva de género y Derechos Humanos en la planeación, programación y presupuesto anual.

V. Coordinar la formación, capacitación y certificación del personal en materia de género e igualdad sustantiva, así como Derechos Humanos.

VI. Planificar y promover estudios e investigaciones para instrumentar un sistema de información, registro, seguimiento y evaluación de la situación de mujeres y hombres en el ámbito de competencia del Tribunal.

VII. Elaborar los informes sobre los procedimientos judiciales en materia de violencia de género contra las mujeres.

VIII. Incorporar de (sic) la perspectiva de género en los proyectos de planeación, reforma y modernización judicial y administrativa.

IX. Realizar diagnósticos integrales sobre la situación de las personas jurisdiccional y administrativa de diversos aspectos relacionados con la impartición de justicia con perspectiva de género.

X. Promover investigaciones sobre el impacto de género e incorporar la perspectiva de género en los programas de formación.

XI. Incidir en la cultura de promover las medidas de protección de derechos humanos de las mujeres en el marco de los procesos jurisdiccionales en las que se encuentren vinculadas.

XII. Revisar las políticas laborales para eliminar la discriminación basada en el género.

153 SECCIÓN OCTAVA DEL INSTITUTO DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN DEL TRIBUNAL ELECTORAL

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 218 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima?

La Coordinación de Género y Derechos Humanos tendrá las siguientes atribuciones: I. Proponer el diseño y desarrollo de estrategias para promover la generación de ambientes laborales libres de violencia y discriminación.…

¿Está vigente el artículo 218?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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