Artículo 295 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La solicitud de registro de convenio de Coalición electoral deberá presentarse al Presidente o Presidenta del Consejo General del Instituto Electoral, acompañado de la documentación pertinente, hasta el día del inicio de precampañas de la elección de que se trate. Si faltare algún documento o la acreditación del cumplimiento de trámites, se notificará a las asociaciones políticas solicitantes, para que en un plazo de 48 horas a partir de la notificación los subsanen.
El Consejo General del Instituto Electoral resolverá a más tardar dentro de los diez días siguientes a la presentación del convenio.
El Instituto dispondrá su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.