Artículo 376 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El Instituto Electoral en su caso aplicará la normatividad electoral a efecto de recibir en tiempo y forma el Registro Federal de Electores y las listas nominales para la jornada electoral, que se entregarán a los partidos políticos locales y candidatos sin partido.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.