Código Electoral estatal

Artículo 380 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima

Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Los plazos y órganos competentes para recibir las solicitudes de registro de las candidaturas en el año de la elección son los siguientes:

I. Para Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, del quince al veintidós de febrero por el Consejo General;

II. Para Diputaciones electas por el principio de mayoría relativa, cuando la elección sea concurrente con la de Jefatura de Gobierno del quince al veintidós de febrero, y cuando no sea concurrente del veintidós al veintinueve de marzo por los Consejos Distritales Electorales;

III. Para Alcaldes y Concejales, cuando la elección sea concurrente con la Jefatura de Gobierno del quince al veintidós de febrero, y cuando no sea concurrente del veintidós al veintinueve de marzo, por los Consejos Distritales Cabecera de Alcaldía; y IV. Para Diputados electos por el principio de representación proporcional, cuando la elección sea concurrente con la Jefatura de Gobierno del quince al veintidós de febrero, y cuando no sea concurrente del veintidós al veintinueve de marzo por el Consejo General.

El Instituto Electoral dará amplia difusión a la apertura del registro de las candidaturas y a los plazos a que se refiere el presente artículo.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 380 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima?

Los plazos y órganos competentes para recibir las solicitudes de registro de las candidaturas en el año de la elección son los siguientes: I. Para Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, del quince al veintidós de…

¿Está vigente el artículo 380?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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