Artículo 425 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Ninguna autoridad podrá detener a los integrantes de las Mesas Directivas de Casilla o a los representantes de los Partidos Políticos o Candidatos durante la jornada electoral, salvo en el caso de flagrante delito.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.