Artículo 176 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal — Colima
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Son atribuciones de los Secretarios de Estudio y Cuenta:
I. Apoyar al Magistrado Electoral en la revisión de los requisitos de procedencia y presupuestos procesales de los medios de impugnación, juicios especiales: laboral y de inconformidad administrativa;
II. Proponer al Magistrado Electoral los acuerdos necesarios para la substanciación de los medios de impugnación y juicios especiales laborales;
III. Formular los anteproyectos de acuerdos y sentencias, conforme a los lineamientos establecidos por el Magistrado Electoral;
IV. Dar cuenta, en la sesión pública que corresponda, de los proyectos de sentencia relativos a los medios de impugnación o juicios especiales turnados, señalando los argumentos y consideraciones jurídicas que sustenten el sentido de las sentencias;
V. Auxiliar en el engrose de las sentencias correspondientes;
VI. Realizar la certificación o cotejo de aquellos documentos que obren en los medios de impugnación y juicios que se tramiten en la Ponencia,. Para la realización de notificaciones y diligencias, los Secretarios de Estudio y Cuenta gozarán de fe pública;
VII. Dar fe y, en su caso, autorizar las actuaciones del Magistrado Electoral, respecto de la substanciación de los medios de impugnación y juicios especiales laborales, según corresponda;
VIII. Participar en las reuniones de trabajo a las que sean convocados por el Pleno;
IX. Participar en las actividades relacionadas con la capacitación, investigación y difusión académica en materia electoral;
X. Desahogar las audiencias y demás diligencias que sean necesarias para la debida tramitación de los medios de impugnación y juicios bajo la responsabilidad del Magistrado instructor, de conformidad con las disposiciones normativas e instrucciones de éste; y XI. Las demás que le confiere este Código, la Ley Procesal, y el Reglamento Interior del Tribunal o que determine el Pleno.
(REFORMADO, G.O. 25 DE MAYO DE 2016)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.