Código Electoral estatal

Artículo 195 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal — Colima

Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Para llevar a cabo el registro de la Agrupación Política Local, se deberá cumplir los requisitos siguientes:

I. Formular una declaración de principios y, en congruencia con ellos, su programa de acción y el estatuto que norme sus actividades;

(REFORMADA, G.O. 30 DE JUNIO DE 2014)

II. Contar con un mínimo de 1% de afiliados inscritos en el Padrón Electoral correspondiente al Distrito Federal, con base en el corte utilizado en la elección ordinaria inmediata anterior a la presentación de la solicitud, en por lo menos dos distritos electorales de catorce Delegaciones del Distrito Federal en los casos donde la geografía electoral así lo permita, debiendo contar en cada una de ellas con un mínimo de trescientos afiliados inscritos en el Padrón Electoral de las respectivas demarcaciones;

III. Presentar copias simples de las constancias de afiliación individual y voluntaria de sus miembros, donde conste el nombre, apellidos, domicilio, ocupación, firma y clave de la Credencial para Votar de cada uno de los interesados. El Instituto Electoral podrá en todo momento requerir los originales de las constancias de afiliación si lo considera necesario o existiera duda sobre la autenticidad de las mismas; y IV. Garantizar que sus afiliados no formen parte de otra Agrupación Política ni que sus dirigentes también lo sean de algún partido político u ocupen cargo alguno de elección popular.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 195 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal — Colima?

Para llevar a cabo el registro de la Agrupación Política Local, se deberá cumplir los requisitos siguientes: I. Formular una declaración de principios y, en congruencia con ellos, su programa de acción y el estatuto que…

¿Está vigente el artículo 195?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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