Artículo 260 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal — Colima
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los Partidos Políticos podrán recibir financiamiento que no provenga del erario, con las modalidades siguientes:
(REFORMADA, G.O. 30 DE JUNIO DE 2014)
I. Financiamiento por la militancia;
II. Financiamiento de simpatizantes.
(ADICIONADA, G.O. 30 DE JUNIO DE 2014)
III. Autofinanciamiento, y (ADICIONADA, G.O. 30 DE JUNIO DE 2014)
IV. Financiamiento por rendimientos financieros, fondos y fideicomisos.
(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, G.O. 30 DE JUNIO DE 2014)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.