Artículo 38 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal — Colima
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Durante el proceso electoral, para coadyuvar en las tareas de seguimiento e información, se integrarán a los trabajos de las Comisiones de Organización y Geoestadística Electoral, y de Educación Cívica y Capacitación, un representante de cada partido político, sólo con derecho a voz. Su intervención únicamente estará vinculada al proceso electoral y no contarán para efectos del quórum.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.