Código Electoral estatal

Artículo 75 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal — Colima

Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Son atribuciones de la Dirección Ejecutiva de Educación Cívica y Capacitación:

(REFORMADA, G.O. 30 DE JUNIO DE 2014)

I. Formular y proponer a la Comisión de Educación Cívica y Capacitación, el anteproyecto de programa de actividades en materia de capacitación para los mecanismos de participación ciudadana;

(REFORMADA, G.O. 30 DE JUNIO DE 2014)

II. Elaborar, proponer y coordinar el Programa de Educación Cívica;

(REFORMADA, G.O. 30 DE JUNIO DE 2014)

III. Elaborar, proponer y coordinar el Programa Editorial institucional;

(REFORMADA, G.O. 30 DE JUNIO DE 2014)

IV. Instrumentar el Programa de Educación Cívica;

V. Coordinar las actividades de Capacitación Electoral que durante los procesos electorales, o de participación ciudadana desarrollen las Direcciones Distritales; y (REFORMADA, G.O. 30 DE JUNIO DE 2014)

VI. Elaborar, proponer y coordinar estrategias y campañas de promoción del voto y de difusión de la cultura democrática;

(ADICIONADA, G.O. 30 DE JUNIO DE 2014)

VII. Elaborar y someter a la aprobación de la Comisión de Educación Cívica y Capacitación, los materiales educativos e instructivos para el desarrollo de las actividades de la Educación Cívica y Democrática;

(ADICIONADA, G.O. 30 DE JUNIO DE 2014)

VIII. Coordinar las actividades de capacitación electoral durante los procesos electorales, cuando se le delegue esta función al Instituto Electoral, en términos de la Ley General, la normativa que emita el Instituto Nacional y los acuerdos que apruebe el Consejo General del Instituto Electoral;

(ADICIONADA, G.O. 30 DE JUNIO DE 2014)

IX. Coordinar las actividades de capacitación en ejercicios electivos o de consulta en los que el Instituto determine participar en apoyo de otros procesos democráticos;

(ADICIONADA, G.O. 30 DE JUNIO DE 2014)

X. Coordinar las actividades de capacitación que realicen las Direcciones Distritales durante la organización y desarrollo de los mecanismos de participación ciudadana;

(ADICIONADA, G.O. 30 DE JUNIO DE 2014)

XI. Elaborar las propuestas de contenidos para la capacitación de los responsables de Mesa Receptora de Votación u Opinión durante los mecanismos de participación ciudadana, conforme a la Ley de Participación;

(ADICIONADA, G.O. 30 DE JUNIO DE 2014)

XII. Proponer los requerimientos informáticos para el seguimiento de los programas de capacitación de los Responsables de Mesa Receptora de Votación u Opinión durante los mecanismos de participación ciudadana que establece la Ley de Participación;

(ADICIONADA, G.O. 30 DE JUNIO DE 2014)

XIII. Coordinar y supervisar el diseño, edición y el seguimiento a la producción de los materiales e instructivos que elaboren las áreas en materia de participación ciudadana para la capacitación permanente y la relativa a los mecanismos de participación ciudadana;

(ADICIONADA, G.O. 30 DE JUNIO DE 2014)

XIV. Coordinar la capacitación de los ciudadanos que se registren como observadores para los mecanismos de participación ciudadana; y (ADICIONADA, G.O. 30 DE JUNIO DE 2014)

XV. Las que le confiera este Código, el Reglamento Interior y demás normatividad que emita el Consejo General.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 75 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal — Colima?

Son atribuciones de la Dirección Ejecutiva de Educación Cívica y Capacitación: (REFORMADA, G.O. 30 DE JUNIO DE 2014) I. Formular y proponer a la Comisión de Educación Cívica y Capacitación, el anteproyecto de programa…

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