Código Electoral estatal

Artículo 159 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato

Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

LAS MESAS DIRECTIVAS DE CASILLA SE INTEGRARÁN CON UN PRESIDENTE, UN SECRETARIO, DOS ESCRUTADORES Y TRES SUPLENTES GENERALES.

(ARTÍCULO REFORMADO. P.O. 24 DE DICIEMBRE DEL 2010)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 159 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato?

LAS MESAS DIRECTIVAS DE CASILLA SE INTEGRARÁN CON UN PRESIDENTE, UN SECRETARIO, DOS ESCRUTADORES Y TRES SUPLENTES GENERALES. (ARTÍCULO REFORMADO. P.O. 24 DE DICIEMBRE DEL 2010)

¿Está vigente el artículo 159?

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