Código Electoral estatal

Artículo 189 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato

Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

LA PROPAGANDA QUE LOS PARTIDOS POLÍTICOS, LAS COALICIONES Y LOS CANDIDATOS REALICEN EN LA VÍA PÚBLICA A TRAVÉS DE MEDIOS IMPRESOS O POR MEDIO DE VIDEO GRABACIONES, SE SUJETARÁ A LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO ANTERIOR, ASÍ COMO A LAS DISPOSICIONES DE LAS LEYES EN MATERIA DE ECOLOGÍA Y PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE.

(ARTÍCULO REFORMADO. P.O. 2 DE AGOSTO DEL 2002)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 189 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 189 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato?

LA PROPAGANDA QUE LOS PARTIDOS POLÍTICOS, LAS COALICIONES Y LOS CANDIDATOS REALICEN EN LA VÍA PÚBLICA A TRAVÉS DE MEDIOS IMPRESOS O POR MEDIO DE VIDEO GRABACIONES, SE SUJETARÁ A LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO ANTERIOR, ASÍ…

¿Está vigente el artículo 189?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.