Artículo 12 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Votar es un derecho y una obligación de los ciudadanos que se ejerce para cumplir la función estatal de integrar los órganos de gobierno y de representación popular.
El derecho a votar es universal; su ejercicio será libre, secreto, personal, directo, por una sola opción entre todas las que sean presentadas en una misma boleta electoral, en el tipo de elección de que se trate.
En las elecciones de presidentes de Comunidad por usos y costumbres, el voto se ejercerá de acuerdo con las modalidades que determinen las comunidades respectivas.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.