Código Electoral estatal

Artículo 144 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala

Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Los poderes Ejecutivo y Legislativo del Estado establecerán mecanismos de coordinación para proveer de los recursos necesarios para la celebración de procesos electorales.

Los recursos económicos y materiales que proporcionen dichos poderes, deberán aportarse desde el inicio del proceso electoral y a más tardar cuatro meses antes de la jornada electoral.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 144 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala?

Los poderes Ejecutivo y Legislativo del Estado establecerán mecanismos de coordinación para proveer de los recursos necesarios para la celebración de procesos electorales. Los recursos económicos y materiales que…

¿Está vigente el artículo 144?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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