Artículo 144 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los poderes Ejecutivo y Legislativo del Estado establecerán mecanismos de coordinación para proveer de los recursos necesarios para la celebración de procesos electorales.
Los recursos económicos y materiales que proporcionen dichos poderes, deberán aportarse desde el inicio del proceso electoral y a más tardar cuatro meses antes de la jornada electoral.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.