Artículo 157 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El Congreso del Estado, designará y acreditará al Consejero Presidente del Consejo General de entre los siete consejeros electorales propietarios previamente designados, quien durará en su encargo tres años.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.