Artículo 199 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La Dirección de Asuntos Jurídicos, tendrá las atribuciones siguientes:
I. Elaborar los estudios, opiniones jurídicas, proyectos de acuerdo o resolución que le soliciten los integrantes del Consejo General;
II. Asistir jurídicamente a los órganos y áreas del Instituto;
III. Auxiliar al secretario general en la substanciación de los medios de impugnación que se interpongan en contra de los actos o resoluciones que emita el Consejo General;
IV. Auxiliar al secretario general en la substanciación de los recursos que se interpongan en contra de los actos o resoluciones de los consejos distritales y municipales;
V. Asesorar al secretario general en la elaboración de las quejas y denuncias, y VI. Las demás que le confiera la normatividad del Instituto y el Consejo General.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.