Código Electoral estatal

Artículo 20 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala

Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Los partidos políticos son entidades de interés público y tienen como finalidad promover la participación plural del pueblo en la vida política democrática, contribuir a la integración de la representación estatal, municipal y comunitaria, y como organizaciones de ciudadanos, hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público, mediante el sufragio universal, libre, secreto, directo y personal y de acuerdo con los programas, principios y las ideas que postulen.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 20 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala?

Los partidos políticos son entidades de interés público y tienen como finalidad promover la participación plural del pueblo en la vida política democrática, contribuir a la integración de la representación estatal,…

¿Está vigente el artículo 20?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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